La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) informó sobre la decisión. La sanción fue impuesta por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), tras investigar las reclamaciones de los pacientes.
La investigación sobre la atención médica
El 22 de abril de 2025, la DIDA recibió las reclamaciones de Franklin Alberto Rodríguez Garabitos y Luis Thomás Graveley Hernández. Ambos autorizaron a la institución a representarlos ante las autoridades.
Ese mismo día, la entidad remitió los casos a la SISALRIL para solicitar una investigación. Además, pidió que se aplicaran las sanciones correspondientes si se comprobaban irregularidades.
Al día siguiente, un equipo técnico inspeccionó el centro de salud. Posteriormente, entrevistó a los afiliados y examinó registros y documentos relacionados con la atención.
Según la investigación, la clínica no garantizó la asistencia de emergencia ni registró la visita de los pacientes. Asimismo, les comuniqué que no aceptaba su seguro, en vez de gestionar la cobertura con la Administradora de Riesgos de Salud (ARS).
Por tanto, la SISALRIL impuso la sanción en menos de cuatro meses después de recibir las reclamaciones.
El TSA rechazó el recurso de la clínica
La Tercera Sala del TSA rechazó el recurso presentado por el centro médico. La decisión consta en la sentencia núm. 0030-04-2026-SSEN-00282, del 22 de mayo de 2026.
Con este fallo, el tribunal confirmó la Resolución DJ-GIS núm. 0012-2025, emitida el 13 de agosto de 2025.
Según la DIDA, la clínica alegó que los afiliados no habían presentado denuncias personales. Sin embargo, el tribunal reconoció que la institución podía tramitar las reclamaciones en representación de los afectados.
Asimismo, el TSA validó las actuaciones de la SISALRIL. La entidad reguladora actuó dentro de sus competencias legales para investigar infracciones e imponer sanciones.
La DIDA indicó que los jueces también establecieron que los pacientes deben recibir atención prioritaria para proteger su salud. En cambio, la verificación de la cobertura corresponde al centro médico y a la ARS.
La clínica deberá aplicar medidas correctivas
Además de la multa, la resolución ordenó al centro médico presentar un plan de acciones correctivas. También deberá capacitar a su personal sobre las normas del Seguro Familiar de Salud.
El director general de la DIDA, Elías Báez, destacó la coordinación entre las instituciones involucradas.
“Este caso demuestra lo que logramos cuando las instituciones del Sistema trabajamos juntas”, afirmó Báez. Explicó que la DIDA representa al afiliado, la SISALRIL investiga y sanciona, y los tribunales revisan las decisiones.
Finalmente, el funcionario reiteró que la entidad continuará recibiendo reclamaciones y acompañando a los afiliados hasta su resolución. También exhortó a quienes enfrenten obstáculos para acceder a servicios de salud a acudir a la institución.

