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Aprueban reforma del Código Penal con penas más severas

Diputados aprueban en primera discusión la reforma al Código de Trabajo

RDÉ DIGITAL SANTO DOMINGO.- Tras más de 14 horas de intensos debates, la Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que reforma el Código Penal dominicano.  La iniciativa recibió 159 votos a favor y solo 4 en contra, incorporando más de 70 nuevos delitos y endureciendo múltiples sanciones.

Con esta votación, el proyecto pasa al Senado para una única lectura.  Si los senadores no le hacen cambios, llegará al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.  Si lo modifican, deberá regresar a la Cámara Baja para una aprobación final.  En caso contrario, la propuesta quedará descartada.

Nuevos delitos y penas más severas

El nuevo Código Penal endurece las penas y tipifica delitos no contemplados en la legislación actual.  Entre ellos se encuentra la realización de carreras ilegales, castigadas con hasta 20 años de prisión mayor y multas de hasta 30 salarios mínimos.

También incluye el ciberbullying, definido como la difusión de contenido íntimo o amenazante a través de medios digitales.  Este delito conlleva de 2 a 5 años de prisión menor y multas de hasta 15 salarios mínimos.

Aborto: se mantiene la penalización, con una excepción médica

El Congreso decidió mantener penalizado el aborto en las tres causales (violación, inviabilidad fetal o peligro para la madre).  Sin embargo, agregó una excepción que permite a personal médico interrumpir un embarazo si la vida de la madre o del feto está en riesgo, siempre que se agoten todos los recursos científicos disponibles.

El artículo 112 contempla esta eximente médica, aunque no aclara qué tribunal evaluará si se cumplieron los requisitos.  El senador y ginecólogo Moisés Ayala propuso una aclaración que el pleno rechazó.

Responsabilidad penal para iglesias y limitaciones a partidos

El artículo 13 exonera de responsabilidad penal a iglesias como instituciones.  Solo los líderes religiosos responderán si cometen infracciones a título personal.  Esta propuesta fue impulsada por el diputado Alfredo Pacheco y aprobada por la Cámara.

En cambio, los partidos políticos continuarán bajo el marco regulatorio de las leyes 20-23 y 33-18.

Ataques con ácido del diablo y negligencia con consecuencias mortales

El artículo 103 castiga con hasta 40 años de prisión a quienes ataquen con sustancias químicas, como el “ácido del diablo”, si la agresión causa la muerte.

El artículo 112 sanciona los casos de negligencia mortal.  Si el dueño de un local incumple normas de seguridad y provoca muertes, puede recibir penas de hasta 10 años de prisión mayor, dependiendo del número de víctimas.

Violencia intrafamiliar y disciplina a menores

Los diputados incluyeron un párrafo que protege el derecho de los padres a disciplinar a sus hijos, siempre que respeten el interés superior del menor.  Esta cláusula busca evitar interpretaciones erróneas de abuso.

Grabaciones a policías y revisión de vehículos

El artículo 286 prohíbe a los agentes impedir que se graben arrestos, allanamientos o registros.  Si lo hacen, enfrentarán penas de 15 días a un año de prisión menor y multas equivalentes a uno o dos salarios.

La ley solo permite grabar si no se obstaculiza la labor del agente ni se pone en riesgo su integridad.  Además, protege el derecho a la privacidad de la persona intervenida, ya que la grabación solo podrá publicarse con su consentimiento.

También se aprobó un artículo contra la revisión injustificada de vehículos.  Si un agente inspecciona sin causa legal, puede recibir hasta un año de prisión menor.  Si además usa la fuerza o causa daños, la pena sube a dos años y la multa se incrementa.

Con esta aprobación, el Congreso avanza en modernizar un Código Penal vigente desde 1884, basado en el modelo francés de 1810.  Sin embargo, el Senado y el Poder Ejecutivo aún tienen la última palabra.

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