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Embajada de EE.UU. aclara boletín de visas y fechas 2025

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– La Embajada de Estados Unidos en República Dominicana publicó una nueva entrega de su columna “Pregúntale al cónsul”, centrada esta vez en el Boletín de Visas y fechas de prioridad, documento oficial que regula la disponibilidad de visas por vínculos familiares o empleo.

¿Qué es el Boletín de Visas?

Se trata de un informe mensual del Departamento de Estado que informa cuándo los solicitantes pueden presentar sus documentos y si hay cupos disponibles. Las fechas incluidas en el boletín permiten determinar si un solicitante puede seguir con el proceso de ajuste de estatus o deberá esperar.

El boletín contiene dos tipos de fechas:

  • Fechas de acción final: indican cuándo un número de visa está disponible.
  • Fechas para presentar solicitudes: Señalan cuándo deben enviarse los documentos al Centro Nacional de Visas.

A falta de indicaciones del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), se deben seguir las fechas de acción final.

Cupos de visas para el año fiscal 2025

Estados Unidos podrá emitir hasta 366,000 visas de inmigrante durante el año fiscal 2025, divididas en:

  • 226,000 visas por patrocinio familiar.
  • 140,000 visas por preferencia laboral.

Estas cifras están establecidas en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). El tope máximo por país es de 7% del total, es decir, 25,620 visas por nación, y 2% para territorios dependientes (7,320 visas).

Cómo se asignan las fechas de prioridad

Las fechas se asignan cronológicamente, según la prioridad reportada hasta el 2 de julio. Si la demanda supera el límite mensual o anual, se fija una fecha de corte, dejando fuera temporalmente a los solicitantes que no estén dentro del rango permitido.

Cuando se alcanza el límite anual de alguna categoría, esta se declara “no disponible” en el boletín.

Preferencias familiares y distribución de cupos

El Boletín detalla cómo se dividen las 226,000 visas familiares anuales:

  • F1: Hijos solteros de ciudadanos estadounidenses — 23,400.
  • F2A y F2B: Cónyuges, hijos menores y mayores de 21 años de residentes permanentes — hasta 114,200.
  • F3: Hijos casados de ciudadanos estadounidenses — 23,400.
  • F4: Hermanos de ciudadanos estadounidenses adultos — 65,000.

Además, los cónyuges e hijos del solicitante principal tienen derecho al mismo estatus migratorio si viajan juntos o se reúnen con él.

Países con alta demanda

El boletín incluye un mecanismo de prorrateo (artículo 202(e)) que limita la asignación para países con alta demanda. Actualmente, afecta a nacidos en:

  • China continental
  • India
  • México
  • Filipinas

Vigencia de las fechas

La tabla del boletín indica si una fecha está vigente (“C”) o no autorizada (“U”). Solo pueden avanzar los solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la publicada como fecha de acción final.

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