RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) emitió la Resolución Administrativa Núm. 003-2026. Mediante esta disposición, prohíbe la circulación de vehículos pesados y de carga por el carril izquierdo en autopistas y carreteras del país.
La medida busca reforzar la seguridad vial. Además, pretende mejorar la fluidez del tránsito en la red vial nacional.
La resolución fue firmada por el director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison. Asimismo, se fundamenta en la Ley 63-17 sobre movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial. También se apoya en el Decreto 258-20, que regula el transporte de cargas, y en el Plan Estratégico Nacional para la Seguridad Vial (PENSV) 2021-2030.
Circulación obligatoria por la derecha
De acuerdo con el documento, los vehículos pesados deberán transitar por el carril derecho. Sin embargo, podrán utilizar el carril izquierdo en casos permitidos por la ley. Por ejemplo, en maniobras de rebase autorizadas o giros a la izquierda en intersecciones.
En ese sentido, los conductores deberán respetar siempre las normas de tránsito vigentes.
Carga asegurada y protegida
Además, la normativa establece que la carga suelta debe transportarse asegurada y cubierta con lonas, toldos o lienzos. De esta manera, se busca evitar derrames en la vía. También se procura impedir la dispersión de materiales que puedan afectar a otros conductores, al medio ambiente o a la salud pública.
Vehículos incluidos
La disposición aplica a:
- Minibuses
- Autobuses
- Camiones de dos ejes
- Transporte de carga comercial
- Carga pesada o a granel
- Transporte multimodal
- Carga especializada o peligrosa
Estas modalidades están incluidas, ya sean remuneradas o no.
Régimen de sanciones
En caso de incumplimiento, los propietarios, conductores y operadores serán sancionados. La multa equivale a un salario mínimo del sector público centralizado. Actualmente, el monto es de RD$10,000.
Asimismo, se aplicará la reducción de puntos en la licencia de conducir, conforme a la Ley 63-17. El monto de la sanción se ajustará automáticamente si cambia el salario mínimo vigente.
Supervisión y entrada en vigor
La fiscalización estará a cargo de la DIGESETT. También participará la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del INTRANT, con apoyo de la Comisión Militar y Policial (COMIPOL).
Por su parte, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Fideicomiso RD Vial deberán instalar y mantener la señalización correspondiente.
Finalmente, la resolución entrará en vigor tras su publicación oficial. Además, será difundida para garantizar su conocimiento y cumplimiento.

