RDÉ DIGITAL. SANTO DOMINGO.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en espacios públicos, con el objetivo de proteger al peatón y mantener la seguridad vial.
Mediante un comunicado, la institución recordó que las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 km/h. Alterar el sistema de motorización para superar este rango constituye una infracción directa a la normativa vigente.
Bicicletas y motocicletas eléctricas: límites y requisitos
El Intrant precisó que
- Las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 km/h.
- Las bicicletas de montaña o de transporte de personas/carga tienen un límite de 32 km/h.
- Las motocicletas eléctricas con acelerador, aunque tengan pedales, son consideradas vehículos de motor, por lo que deben cumplir con:
- Placa oficial y matrícula.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil.
- Licencia de conducir categoría 1.
- Uso obligatorio de casco.
Circular sin estos requisitos autoriza a las autoridades a retener el vehículo de forma inmediata.
Diferencia entre dispositivos y vehículos motorizados
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, destacó la importancia de distinguir entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas:
“Las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector”.
Fiscalización y sanciones
Estas medidas responden al incremento en el uso de movilidad eléctrica en vías públicas, especialmente en zonas de alta circulación peatonal.
El Intrant notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sobre la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica cumpla los procesos de importación y matriculación antes de circular. También informará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler sobre su responsabilidad de garantizar el cumplimiento de la ley.
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).

