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JCE deberá reestructurar fondos y boletas, según el TSE

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló este lunes dos resoluciones de la Junta Central Electoral (JCE). Ordenó reorganizar la categorización de los partidos políticos y el orden que tendrán en las boletas de las elecciones de 2028. Además, deberá ajustar la distribución del financiamiento público para el año 2025.

Las resoluciones anuladas fueron la núm. 7-2025 y la núm. 8-2025, ambas emitidas el 14 de febrero. La primera clasificaba los partidos para fines de subsidio estatal y determinaba su número en la boleta. La segunda establecía los montos que recibirían del Estado.

TSE acoge parcialmente demandas.

El fallo acogió parcialmente las impugnaciones presentadas por los partidos Alianza País y Dominicanos por el Cambio. Los jueces ordenaron a la JCE emitir una nueva resolución que refleje correctamente la distribución restante del financiamiento en lo que queda del año.

El dictamen fue emitido por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente; Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez.

Ajuste legal a la Ley 33-18

La sentencia también interpretó el artículo 61 de la Ley 33-18. El tribunal estableció que “última elección” debe entenderse como el “último ciclo electoral completo”, es decir, todas las elecciones ordinarias de un año electoral.

Esta interpretación favorece a partidos que no alcanzaron los porcentajes exigidos, pero que conservan su reconocimiento legal. También incluye a nuevos partidos registrados en ese ciclo.

Sanciones por ausencia y omisiones

El tribunal ratificó el defecto por incomparecencia contra varios partidos, entre ellos: Partido Demócrata Popular (PDP), Partido Humanista Dominicano (PHD), Frente Amplio, Camino Nuevo, MODA y PRSD. También dictó defecto por falta de conclusión contra el Partido Esperanza Democrática (PED).

La JCE deberá revisar ampliamente.

La JCE también deberá revisar los criterios para definir las categorías de los partidos y los porcentajes de asignación de fondos. Esto incluye una lectura más inclusiva del artículo 61, numeral 3, de la Ley 33-18.

El tribunal considera que esta es la interpretación más justa y coherente con la Constitución. Así lo expresaron en la parte resolutiva de la sentencia.

Demandas en intervención forzosa

El TSE admitió las demandas en intervención forzosa presentadas por la JCE. Estas involucran a más de 25 partidos, entre ellos PRM, PLD, Fuerza del Pueblo, PRD, PRSC, PAL, PDI, MODA y Opción Democrática. El tribunal consideró que las demandas fueron incoadas conforme a la ley.

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