RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Congreso Nacional recibió hoy un proyecto de modificación al Código de Trabajo de la República Dominicana, que introduce una nueva causa de despido justificado bajo el numeral 13 del artículo 51.
1.El mutuo consentimiento de las partes;
2. La licencia por maternidad de la mujer trabajadora, según lo dispuesto en el artículo 236;
3. El hecho de que el trabajador esté cumpliendo obligaciones legales que lo imposibiliten temporalmente para prestar sus servicios al empleador;
4. El caso fortuito o de fuerza mayor, siempre y cuando tenga como consecuencia necesaria, inmediata y directa la interrupción temporal de las faenas;
5. La detención, arresto o prisión preventiva del trabajador, que lo imposibilite para el desempeño de sus labores, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 88 ordinal 18;
6. La enfermedad del trabajador que lo imposibilite temporalmente para el desempeño de sus labores;
7. El accidente de trabajo cuando imposibilite temporalmente al trabajador para el desempeño de sus labores;
8. La falta o insuficiencia de materia prima siempre que no sea imputable al empleador;
9. La falta de fondos para la continuación normal de los trabajos, si el empleador justifica plenamente la imposibilidad de obtenerlos;
10. El exceso de producción con relación a la situación económica de la empresa y a las condiciones del mercado;
11. La incosteabilidad de la explotación de la empresa;
12. La huelga y el paro calificados legales;
13. La disposición de las autoridades sanitarias que restrinja o limite la asistencia a las instalaciones del empleador.”
La propuesta busca adaptar el Código de Trabajo, vigente desde 1992, a posibles futuras emergencias sanitarias que pudieran afectar la asistencia a los centros laborales. La modificación ha generado debate sobre su impacto en los derechos de los trabajadores, especialmente en contextos de crisis de salud pública.
El texto completo de la modificación presentada mantiene intactos los otros 12 numerales, que incluyen situaciones como la falta de materia prima, insuficiencia de fondos o la huelga legalmente calificada, entre otras causas de suspensión del contrato de trabajo.

