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Rifas en RD requerirán licencia y tendrán nuevas sanciones

Rifas en RD requerirán licencia y tendrán nuevas sanciones - RDE Digital

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– Las rifas benéficas y no benéficas tendrán que contar con una licencia para operar en República Dominicana. La medida está contemplada en el proyecto de Ley de Juegos de Azar que la Cámara de Diputados remitió al Senado.

La propuesta incluye a personas físicas y jurídicas. Por tanto, empresas, iglesias, organizaciones y particulares deberán obtener autorización antes de organizar este tipo de sorteos.

El proyecto establece que la licencia será otorgada por el Consejo de Juegos de Azar. Además, tendrá vigencia durante el período de duración de cada rifa.

El proyecto establece nuevas sanciones

La iniciativa también contempla sanciones para quienes realicen rifas sin la autorización correspondiente. En ese sentido, el artículo 162 establece penas de uno a dos años de prisión menor.

Asimismo, los responsables podrían recibir multas de tres a seis salarios mínimos del sector público. Estas sanciones se aplicarían a quienes operen juegos de azar sin la licencia requerida.

Por otro lado, el proyecto contempla castigos mayores para quienes vendan boletos o productos relacionados con sorteos sin autorización.

El artículo 163 establece penas de dos a cinco años de prisión. Además, contempla multas de nueve a 15 salarios mínimos para determinadas modalidades de venta ilegal.

Las autoridades también podrían disponer la clausura de establecimientos utilizados para actividades no autorizadas. Asimismo, podrían bloquear plataformas digitales utilizadas para promover o comercializar rifas ilegales.

Organizaciones también deberán cumplir

La propuesta contempla responsabilidades para las personas jurídicas. Por consiguiente, una iglesia incorporada, una organización o una empresa también podría recibir las sanciones previstas.

Además, las tasas para obtener las licencias serán establecidas mediante una resolución del Consejo de Juegos de Azar. El pago deberá realizarse ante la Tesorería Nacional.

El solicitante tendrá un plazo de 15 días calendario después de la celebración de la rifa. Si incumple, deberá pagar una mora del 5 % del monto correspondiente por cada mes de retraso.

La medida forma parte de una propuesta más amplia para ordenar y modernizar los juegos de azar en el país. El proyecto también busca fortalecer la supervisión de las actividades presenciales y digitales.

Ahora, el Senado de la República deberá conocer las modificaciones realizadas por los diputados. Si la pieza supera esa etapa, continuará su trámite hacia el Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

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